ENVENENAMIENTO

El envenemiento es una práctica cruel que frecuentemente sufren las aves silvestres y particularmente las palomas urbanas y rurales, con el fin de exterminarlas. Consiste en colocar cualquier sustancia química dañina, ya sea sólida, líquida o gaseosa, que puede producir una enfermedad, lesión, o alterar las funciones del sistema digestivo y reproductor cuando entra en contacto con el organismo de las aves, provocando incluso la muerte.

 

El artículo 3 inciso 7) de la Ley N° 14.346 prohíbe esta actividad que implica “Lastimar….  animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad” estableciendo una pena de prisión de quince días a un año para quienes envenenen a las aves.

 

Por otra parte, distintas jurisdicciones provinciales y/o municipales han vedado esta práctica a través de contravenciones y/o faltas, que imponen sanciones como multas, inhabilitaciones, etc.

 

El Código de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires (Ley Nº 451 art. 1.3.30) tipifica el envenenamiento de aves como una falta al establecer que: “El/la que fabrique, venda, o utilice cebos tóxicos que provoquen el envenenamiento de aves es sancionado/a con multa de cien (100) a setecientas cincuenta (750) unidades fijas”.